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12 04 2019 list 2389219 1280El pasado día 9 de abril de 2019, se celebró una reunión de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario con el siguiente orden del día:

1.- Borrador de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública sobre criterios de gestión relativas a las vacaciones anuales y asuntos particulares.

2.- Protocolo de actuación para la adaptación o el cambio de puestos de trabajo por motivos de salud.

3.- Propuesta de acuerdo de medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar (Plan Concilia).

Con respecto al primer punto del orden del día, desde SEPCA proponemos la necesidad de modificar ciertos aspectos puntuales del Borrador de la Resolución de la DGFP sobre Vacaciones y Días de Asuntos Particulares del personal al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, entre los que cabe destacar los siguientes:

1.- Ampliación plazo para el disfrute de las Vacaciones tanto las del año en curso como la de períodos anteriores no disfrutados. Se solicita que el disfrute de los anteriores periodos vacacionales así como las del correspondientes al año natural en que se devenguen se lleve a cabo, con carácter general, en vez de hasta el 31 de diciembre – tal y como se propone en el citado borrador- hasta el 31 de marzo, comunicándonos el Director que está dispuesto a ampliar dicha fecha hasta el 31 de enero, correspondiéndole a los distintos centros gestores la gestión o autorización de las mismas a partir de la citada fecha. Una de la novedades más significativas, sin duda, es que no se limita la fecha del período vacacional, siendo los propios Centros Directivos quienes valoren su ampliación fuera de dicho período, con carácter excepcional, sin necesidad de la previa autorización de Función Pública.

2.- Cambios en los criterios de adjudicación de los turnos de vacaciones. Antes de proceder a plantear nuestras propuestas, teniendo en cuenta la trascendencia e importancia de este tema, desde esta Organización Sindical se agradece al Director que se regule por primera vez la preferencia en la elección de los turnos, al considerar ésta un aspecto muy interesante debido fundamentalmente a que la organización de las vacaciones puede convertirse a menudo en un motivo de conflicto y generar muchos problemas. Dentro de este apartado estamos de acuerdo que se de preferencia, y en el siguiente orden, tal y como plantea la propia Administración, para su elección en primer lugar a las empleadas públicas que se encuentren en período de gestación a partir del séptimo mes, a quienes tengan a su cargo a menores de 14 años o personas con discapacidad con independencia de su edad y a quienes convivan bajo su dependencia con personas mayores de avanzada edad que por su estado general de salud o enfermedad precisen de cuidados especiales. Con lo que sí estamos en desacuerdo y en ese sentido manifestamos nuestra disconformidad es con que

figure el término de “convivencia”, solicitando que se sustituya por cuidador responsable o cuidador principal. Es evidente tal y como se contempla en la vigente ley de Dependencia, que no hace falta convivir con un familiar mayor para ser su cuidador. En este sentido el Director nos informa que se incluirá en la nueva redacción el término “convivencia o no convivencia”.

Así mismo, dentro de este apartado se insiste en el cambio de orden de los criterios prefijados en los supuestos que existan funcionarios o funcionarias con situaciones similares, consiguiéndose finalmente que se eliminen y no se tengan en cuenta la antigüedad en la unidad administrativa, en el Departamento o en la propia Administración, por lo que en similares condiciones se realizará un sorteo, ejerciéndose la preferencia una sola vez. De forma que quién la ejerza un año, al siguiente, si no hay acuerdo tendrá que pasar por lo que elijan los demás.

Otro aspecto que se propone, con la finalidad de que el personal funcionario pueda organizar con suficiente antelación sus vacaciones, es que una vez establecido los turnos, los mismos no se puedan variar, sino por necesidades del servicio ineludible o por circunstancias especialmente o suficientemente justificadas del trabajador. Aportación que no fue aceptada por la Administración con la que mostramos nuestro desacuerdo al considerar que de esta forma se evitaría los continuos cambios de fechas.

- Solicitud del séptimo día hábil de asuntos particulares. Con respecto a este tema hay que hacer hincapié en qué es SEPCA la única organización sindical que lo propone en Mesa, sumándose finalmente el representante de UGT. Propuesta que se formula a sabiendas de la posible respuesta negativa del Director de Función Pública, tan reiterada en otras reuniones celebradas, en las que hace alusión a su imposibilidad legal. Desde esta Organización Sindical insistimos nuevamente en que se le conceda al personal funcionario, al igual que al personal laboral, un día más de asuntos particulares retribuidos, llámese “acuerdo”, “pacto” o lo que sea, así como que tenga o no la denominación de asuntos particulares.

- Disfrute de los Asuntos Particulares hasta el último día hábil del mes de febrero, tal y como se contempla en la normativa actualmente vigente. En el referido borrador se recoge que estos días, y en su caso los días hábiles adicionales deberán disfrutarse, con carácter general, antes del 31 de diciembre, proponiéndose desde SEPCA , su prolongación hasta el último día hábil de febrero. Ante nuestra propuesta finalmente el representante de la Administración amplia el plazo hasta el día 31 de enero, al igual que con las vacaciones. En este sentido, hay que indicar el no establecimiento de fecha tope con carácter extraordinario, por lo que el Centro Directivo podrá autorizarlas excepcionalmente después del 31 de enero, si necesidad de la previa autorización de la DGFP.

- Disfrute de los días de asuntos particulares en períodos posteriores. Se solicita que los días no disfrutados durante el año puedan recuperarse en años posteriores al igual que ocurre con las vacaciones. Ante dicha solicitud el Director nos responde que se compromete a estudiarlo jurídicamente.

- Limitación del libre albedrío en la denegación de las vacaciones y asuntos propios por razones del servicio. Se insiste en la necesidad de búsqueda de una redacción alternativa de forma que no quede a criterio del propio Jefe de Servicio la referida no autorización o concesión como garantía del trabajador o trabajadora.

En relación con el segundo punto mostramos nuestra conformidad en líneas generales con la propuesta relativa al protocolo de actuación para la adaptación o el cambio de puestos de trabajo por motivos de salud, planteando las siguientes consideraciones:

- Se plantea a la Administración qué pasaría sí el funcionario o funcionaria trasladado no supera el período de prueba. Ante nuestra pregunta la Administración nos comunica que si se diera el caso se iniciaría un nuevo procedimiento de cambio de puesto, por lo que solicitamos que dicha información se incluya en la redacción del nuevo texto.

- Se solicita que los informes médicos privados puedan ser aportados como documentación complementaria.

- Se cuestiona la importancia que se le da a la inspección médica cuando ésta no tiene la cualificación necesaria para encargarse de la vigilancia de la salud.

- Se propone que se notifique a las Juntas de Personal los cambios de puestos de trabajo por motivos de salud, propuesta con la que está de acuerdo la Administración.

Por lo que respecta al tercer punto del Orden del Día se aplaza su negociación hasta el próximo miércoles 17 de abril, procediéndose por parte del Director de Función Pública a realizar una amplia introducción sobre el contenido y finalidad del documento entregado a las distintas Organizaciones Sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Personal Funcionario. Borrador que tenemos a disposición de todos aquellos funcionarios o funcionarias que lo deseen para que nos hagan llegar las oportunas propuestas.

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