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02 10 2020 calendar 3689666 640El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado el proyecto de decreto con el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma para 2021.

Se establecen como días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y las jornadas festivas del 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 1 de abril, Jueves Santo; 2 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 16 de agosto, descanso laboral correspondiente a la festividad de la Asunción de la Virgen al coincidir en domingo el 15 de agosto; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, y 25 de diciembre, Natividad del Señor.

No se incluye la festividad del Día de Canarias, el 30 de mayo, al coincidir con un domingo

Según este proyecto de decreto, con respecto a las fiestas laborales por islas serán las siguientes:

  • Tenerife: 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria
  • El Hierro: 3 de julio, Bajada de la Virgen de los Reyes
  • La Palma: 5 de agosto, Nuestra Señora de las Nieves
  • Gran Canaria: 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino
  • Lanzarote: 15 de septiembre, Nuestra Señora de los Volcanes
  • Fuerteventura: 17 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña
  • La Gomera: 4 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe

Faltan por establecerse las fiestas locales que correspondan a cada municipio, para lo cual los ayuntamientos dispondrán de un mes de plazo, a partir de la publicación del decreto con este calendario de fiestas en el Boletín Oficial de Canarias.

 Canarias, 2 de octubre de 2020


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