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05 04 2021 smiley 4836210 640El Gobierno Canario ya ha aprobado y se ha publicado en el BOC (1-4-2021- Jueves Santo), el Decreto Ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU.

En pleno conflicto laboral en la Comunidad Autónoma de Canarias, con su personal no fijo que se cuenta por miles en lucha por la estabilidad laboral; mientras no paran de emitirse informes jurídicos y dictámenes de las instituciones europeas recriminando el abuso de la contratación temporal; cuando desde el Gobierno de España se manifiesta claramente la intención de buscar la fórmula legal para dar fijeza a los muchos miles de personas que llenan las Administraciones Públicas, al tiempo que se insiste en la obligatoriedad de rebajar el índice de los contratos temporales en el sector público; el Gobierno de Canarias hace oídos sordos a todo esto y sigue apostando por la entrada de más personal interino en la Administración Canaria.

Sin terminar con las pruebas selectivas -incluso sin empezarlas en muchas categorías- para ingreso de nuevo personal, tanto funcionario de la Administración General como estatutario para el Servicio Canario de la Salud y poniendo como marco la gestión de los programas con los que emplear los fondos europeos, el Gobierno de Canarias pretende justificar la entrada de nuevo personal “temporal” en un contingente considerable.

A la vez que la Administración canaria empuña la bandera con los indiscutibles y necesarios principios de igualdad, mérito y capacidad, para oponerse a la estabilización del personal temporal que lleva en algunos casos hasta 30 años dentro de su sector público; introduce ahora a su conveniencia los términos de “agilidad” e “idoneidad”, para encajar selecciones de personal “a la carta”, incluso como no, para la ocupación de puestos directivos.

Teniendo pendientes de convocar desde hace muchísimos años los concursos de traslado por méritos entre el personal, a los que le obliga la Ley y ya hasta los tribunales, la Dirección General de la Función Pública prefiere figuras tan discrecionales como la atribución temporal de funciones, redistribución y reasignación de efectivos o la movilidad funcional, para intentar solventar las deficiencias en áreas sensibles y debilitadas de medios personales.

Este Decreto Ley, es el mejor ejemplo de ironía, despropósito y menosprecio tanto a las personas que están dentro de la Administración en una perpetua inestabilidad laboral, como a las que tienen como objetivo entrar en ella.

Sin duda y para quien aún no se lo crea, es un acto más de la representación de una ineficaz e incompetente política gestión de recursos humanos, paralela a la salvaguarda de maniobras caprichosas e interesadas en la apertura de puertas traseras a nuevo personal.

SEPCA y casi el resto de organizaciones sindicales ha expresado unánimemente su total rechazo; pero hay que decir que para esta “creación normativa”, la Administración ha contado con el visto bueno de la organización sindical CSIF, que se supone que sirve al interés general del personal (Dicen que lo han hecho por responsabilidad, pero no sabemos para con quién).

Estamos a la expectativa de lo que opinará el Gobierno Central del contenido de esta disposición.

Canarias, 5 de abril de 2021


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